Capítulo 9. Sanciones disciplinarias: cuando el alumno no cumple con el reglamento escolar:
Artículo 20. Se ejecutarán de la siguiente forma:
Amonestación verbal por el maestro, si es necesario se dará una asamblea para discutir la situación. De ser necesario el maestro informará a la directora de Recursos Humanos y Disciplina sobre la situación.
De incurrir nuevamente sobre una misma situación, se referirá a la directora de Rec. Humanos y Disciplina del Colegio, quien entablara una conversación sobre la conducta y llegará acuerdos de cómo mejorarla con el estudiante.
Si se reincide en la conducta en más de tres ocasiones, se reportará a los padres de forma verbal o escrita para que manejen la situación de conducta, además se podría citar a los padres (de ser preciso con el estudiante) para terminar con la situación. La minuta se registrará en el expediente del estudiante.
De ser necesario se considerará la suspensión desde 1 día hasta 2 semanas, si fuese necesario, además se podrá requerir la asistencia de un profesional de la conducta y evidencia del tratamiento.
Las siguientes son consideradas faltas graves y en caso de incurrir en ellas se asentará el hecho en el expediente, se hablará con los padres e implicados en el incidente. Las faltas serán juzgadas por la Dirección y la sanción la determinará la
misma y se podrá llegar hasta la expulsión definitiva de la Institución.
Conductas no permitidas:
- No se aceptan plagios o trabajos realizados por otras personas y presentar estos como originales. (Padres, tutores u otras personas).
- Está prohibido la falsificación de la firma de los padres.
- Está prohibido copiarse en un examen.
- No se permite presentarse a la escuela bajo el influjo de alcohol y/o drogas.
- Esta totalmente prohibido el uso, posesión o distribución de cigarrillos, cigarrillos electrónicos, “vapeador”, drogas, alcohol o cualquier sustancia controlada.
- Prohibido el uso, posesión o distribución armas blancas, armas de fuego y explosivos.
- Está prohibido cualquier tipo de acoso, intimidación o agresión física, mental o psicológica en la escuela (Acoso escolar)
- Está prohibido destruir material o equipo de cualquier salón en CMPR.- Está prohibido romper vidrios o material de planta física o cualquier acto de vandalismo (sopapo, guantada, bofetón, cachetada, chuleta, mamporro, revés, soplamocos, tapaboca,
torta, tortazo, galleta, guantazo, manotazo, papirotazo, pescozón, empuñadura, puño, etc.).
- - Esta totalmente prohibido cualquier falta de respeto o agresión a toda persona de la escuela.
- Está prohibido escribir, pintar o dibujar en el mobiliario o en cualquiera de los muros del Colegio.
- Está prohibido destruir o maltratar el material didáctico o deportivo que les sea facilitado.
- Esta totalmente prohibido lesionar a sus compañeros: a sí mismos y participar en riñas dentro del colegio.
- Esta totalmente prohibido robar o tomar objeto que no le pertenece de otro.
- Esta totalmente prohibido salir de la escuela sin aviso o justificable.
Cualquiera de estas conductas está totalmente prohibido en el colegio, por esto rechazamos de forma contundente y actuamos para proteger al ambiente educativo. Con todo esto el colegio Montessori de P.R. se reserva el derecho de actuar en cualquier momento y sin previo aviso, de:
- Revisar bultos, mochilas, carteras y accesorios de los estudiantes. La revisión seria por parte de la directora de Disciplina, directora Académica o Administrador o personal autorizado.
- Revisar casilleros o “lockers”
- Se podría realizar pruebas al azar para detectar el uso de sustancias o drogas, mediante la toma de orina o muestra de cabello.
- Se podrían colocar perros adiestrados para detectar el uso de drogas en la entrada o salida del colegio.